5/04/2024

Garupá. La mayoría No tiene para pagar las multas de tránsito.


El Juez de Faltas Nro 1 Matías Sanabria expuso ante los Convencionales Constituyentes de Garupá las características de su despacho y el marco de actuación en materias de tránsito, conflictos vecinales, ambientales, ruidos molestos, etc. Hasta fines de abril se labraron 500 multas. 






En alocución informó que los infractores tienen en la actualidad de crisis económica generalizada del país serias dificultades para pagar las multas. En las puniciones viales se toma como valor de referencia la equivalencia del litro de nafta premiun que ronda en los $1425. 

La tabulación de multa mínima está fijada en las 15 unidades / valor nafta, por lo que el monto más bajo se estima en los veintún mil pesos. Acorde a la infracción cometida el castigo financiero puede alcanzar hasta los 120 mil. 

Los mayores infractores son los motociclistas, jóvenes en su mayoría con carencias de dinero para afrontar la multa, situación que lleva al juez a reducir hasta el 50%, según el caso.  Pero ni así se logra concretar el pago. 

El juez Sanabria explicó que lo producido de multas es repartido en una proporción del 60% a la policía de la provincia y el 40% queda en las arcas municipales. Dada la forma de cobro atenuado que se tiene en cuenta por la situación económica, la recaudación es menor a las expectativas.

El corralón municipal llegó a saturarse de motos, por lo que hubo que resolver legalmente el desguace de muchas, pero hace falta una ordenanza para proceder el remate de aquellas que No fueron recuperadas por el dueño después de un largo plazo. 

Sanabria tiene la titularidad del Juzgado de Faltas Nro 1 y subroga el Nro 2, porque No tiene autoridad designada. La oficina cuenta con cuatro secretarios y cinco administrativos. El erario municipal respalda los gastos operativos y salariales. 

Los constituyentes estuvieron interesados en dotarle cierta autonomía funcional  e inclusive se planteó un tribunal de alzada como tiene Posadas en el presente. 

Este medio le preguntó sobre la independencia "politica" a la hora de juzgar las faltas diversas, y ello, la viabilidad de un veedor o defensor asociado, para objetivar la premisa de inocencia previa y pasar del modelo del infractor acusado de "culpable o sospechoso de antemano" por un agente con parcialidad de hecho, en la evaluación de la conducta punitiva. Vea la respuesta en el video. 


Alcides Cruz




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