10/30/2020

El Presupuesto 2021 ya incluye la creación de zonas francas en las provincias con fronteras internacionales.

Se incluyó en la ley de Presupuesto la extensión de un territorio aduanero especial para todo el territorio con la posibilidad de eximir de todos los impuestos nacionales a las empresas que produzcan bienes y servicios, importen y exporten desde Misiones. En votación nominal, por 140 votos afirmativos se le dio forma definitiva al pedido de Misiones que incluyó finalmente a todas las regiones fronterizas.

Es una conquista histórica que da paso a la transformación económica de Misiones y a combatir con mejores armas las asimetrías eternas con Paraguay y Brasil. Es una reivindicación de la negociación política y de una estrategia que se pensó mucho tiempo antes.

Finalmente se consiguieron los artículos que facultan a la creación de una zona franca para todo el territorio provincial para incentivar la producción, el desarrollo, la creación de puestos de trabajo y triplicar las exportaciones actuales.

El artículo 124 del Presupuesto faculta al Presidente a definir el alcance de los beneficios y qué sectores serán los que dejen de pagar impuestos nacionales. La reglamentación estará a cargo del ministro del Interior, del de Economía y de la Jefatura de Gabinete.

La insistencia de Misiones terminó beneficiando a las provincias fronterizas, que podrán gozar de los mismos beneficios.

Después de los últimos cambios, introducidos en el Recinto, se facultó al Poder Ejecutivo a través de los Ministerios de Economía y de Interior a constituir Áreas Aduaneras Especiales en zonas geográficas de distintas regiones donde se verifique el comercio bilateral con países limítrofes.

También se autorizó la extensión de las Zonas Francas habilitadas en regiones donde se verifique comercio bilateral con países limítrofes. De acuerdo a lo votado, se considera operaciones de comercio al por menor a toda enajenación realizada a persona humana no instalada en la Zona Franca que adquiera mercaderías en cantidades sin fines comerciales o industriales.

La Autoridad de Aplicación determinará, considerando cuestiones socioeconómicas y regionales de cada Zona Franca, las mercaderías que pueden ser objeto de esas operaciones. Asimismo, tales operaciones de comercio al por menor requerirán de un procedimiento simplificado relativo al ingreso y egreso de la mercadería tanto a la Zona Franca como al Territorio Aduanero General y no les serán aplicables las prohibiciones de carácter económico, ni las intervenciones previas de terceros organismos que rigen para el Régimen General de Importación. A tal fin, resulta aplicable el régimen de “Tiendas Libres” previsto en la ley 22.056 y sus normas reglamentarias.

Asimismo, la importación al Territorio Aduanero General de la mercadería adquirida dentro de la Zona Franca se encuentra exenta del pago de tributos que los graven dentro de los valores de la franquicia que establezca la Autoridad de Aplicación. Para el caso de importación de vehículos automotores bajo este régimen, podrá́ ser efectuada exclusivamente por titulares del grupo familiar conviviente que acrediten residencia definitiva en la Provincia respectiva, quienes podrán adquirir un vehículo automotor dentro de este régimen cada cinco años contados a partir de la fecha de su patentamiento. La exención podrá quedar únicamente limitada a los valores CIF máximos (abreviatura del inglés Cost Insurance and Freight, o Costo, seguro y flete) por unidad vehicular establecidos por la Autoridad de Aplicación

Misiones logró que se incorporen todos sus pedidos y necesidades al presupuesto nacional 2021. El primero y principal es la creación de una Zona Impositiva Diferencial, permite instrumentar la reglamentación y los beneficios por decreto, como estaba previsto en el dictamen aprobado la semana pasada, pero con un texto simplificado que le da al Presidente las facultades para otorgar el régimen de territorio aduanero especial y zona franca con todos sus alcances y beneficios, tal como se habló durante la visita de Fernández a Misiones el viernes pasado.

Con esto se creará el Polo de Desarrollo Productivo, Tecnológico y Exportador de Misiones, con el objetivo de conseguir la exención de imposición de todo impuesto nacional que pudiere corresponder por hechos, actividades u operaciones que se realicen en el territorio, incluyendo productos medicinales, con excepción de aquellos que revistiesen el carácter de tasas retributivas por servicios prestados.

La exención aplica para los siguientes impuestos:

1. Impuesto a las Ganancias.

2. Impuesto al Valor Agregado.

3. Impuestos Internos.

4. Impuesto sobre los Bienes Personales.

5. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.6. Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono.

7. Impuesto sobre el Gas Oil y el Gas Licuado para uso Automotor.

8. Los impuestos nacionales que pudieran crearse en el futuro

La creación del Polo de Desarrollo también permite avizorar un nuevo estadío para la actividad económica en Misiones, que, para acceder a los beneficios tributarios, deberá adaptarse a nuevas condiciones, con mayor compromiso social y ambiental.

Las empresas que accedan a los beneficios de la presente ley deberán cumplir con algunos de los siguientes requisitos:

a) El aumento de las ofertas laborales en el polo Misiones.

c) La incorporación de tecnologías de producto y procesos de producción compatibles con el estado del arte y la técnica.

d) Niveles crecientes de productividad y competitividad.

e) Reinversión de por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de sus utilidades en la provincia

f) Cumplan con las pautas de responsabilidad social y ambiental empresarias vigentes en la provincia de Misiones.

g) Inversión en la formación y calificación de recursos humanos para el desarrollo científico y tecnológico.

Además, se incorporó un paquete de obras muy importantes por más de 10 mil millones de pesos para desarrollar en la provincia, en casi todos los municipios, durante el año próximo.

Se incluyen obras de infraestructura vial, principalmente rutas, redes de agua potable, obras de infraestructura eléctrica, redes y tendidos, tres plantas fotovoltaicas, viviendas, entre otras.

En el Gobierno celebraron la aprobación del Presupuesto como un logro trascendental e histórico, “producto de la seriedad política y el respeto que se ha ganado la provincia de Misiones después de muchos años de transitar un camino de transparencia, revalorización de la palabra, austeridad y compromiso con el pueblo de Misiones y con la Nación Argentina”. Incluso los diputados enrolados en la oposición, como Alfredo Schiavoni y el radical Luis Pastori, votaron a favor, lo mismo que Cristina Britez, del Frente de Todos.

Lo cierto es que la Renovación logró una reivindicación histórica para Misiones después de eternos años de espera.

Las asimetrías estuvieron siempre. La frontera porosa admite un intercambio comercial en el que casi siempre Misiones salió perdiendo. En los 90, durante la Convertibilidad y el peso -uno a uno- atado al dólar, se hicieron insoportables. Tanto que los comerciantes decidieron a mitad de la década dorada del neoliberalismo, cortar el puente para frenar la sangría de divisas que empobrecía a la capital misionera. El ITC diferenciado, desde el 1 de enero de 1997 aplacó la agonía durante cinco años. El estallido del modelo la volvió a exhibir con toda su potencia. En 2002 Eduardo Duhalde daba por terminado el ITC diferenciado.

Ante la afrenta, el entonces gobernador Carlos Rovira comenzaba a mostrar con insistencia el concepto de que Misiones debía ser reparada de una manera especial para afrontar la lucha desigual con los precios de Paraguay y Brasil.

“Los funcionarios nacionales deben entender que no significa un subsidio”, decía entonces sobre el ITC. “Es una estrategia comercial que beneficiará al turismo y al comercio en general”, explicaba. Desde entonces se buscó, con diversas estrategias. Lo más cerca que se estuvo fue con el promocionado artículo 10 de la ley Pymes con el que los representantes de Cambiemos hicieron campaña, hasta que el propio presidente Mauricio Macri reconoció en Iguazú, que no tenía idea de qué se trataba el famoso artículo 10.

Según el texto  se propuso lo siguiente: “ARTÍCULO 124.- Facúltese al Poder Ejecutivo nacional para que a través de los Ministerios de Economía y de Interior:

a) Pueda constituir Áreas Aduaneras Especiales -en los términos del Código Aduanero, ley 22.415- en zonas geográficas de distintas regiones donde se verifique el comercio bilateral con países limítrofes.

b) Autorice la extensión de las Zonas Francas habilitadas en regiones donde se verifique comercio bilateral con países limítrofes, en los términos de los artículos 37 y 39 de la ley 24.331, no resultando aplicables -a estos efectos- las limitaciones y condiciones previstas en el artículo 2° de dicha ley.

“A los efectos de lo previsto en el artículo 9° de la ley 24.331, se considera operaciones de comercio al por menor a toda enajenación realizada a persona humana no instalada en la Zona Franca que adquiera mercaderías en cantidades sin fines comerciales o industriales”, estableció la propuesta de Wellbach.

El diputado Wellbach propuso que “La Autoridad de Aplicación determinará, considerando cuestiones socioeconómicas y regionales de cada Zona Franca, las mercaderías que pueden ser objeto de esas operaciones sin dichos fines. Asimismo, tales operaciones de comercio al por menor requerirán de un procedimiento simplificado relativo al ingreso y egreso de la mercadería tanto a la Zona Franca como al Territorio Aduanero General y no les serán aplicables las prohibiciones de carácter económico, ni las intervenciones previas de terceros organismos que rigen para el Régimen General de Importación. A tal fin, resultan aplicables el régimen de Tiendas Libres previsto en la ley 22.056 y sus normas reglamentarias, correspondiendo un tributo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) a los excedentes de la franquicia que establezca la autoridad de aplicación”.

Finaliza la redacción del texto propuesto por Misiones que “Asimismo, la importación al Territorio Aduanero General de la mercadería adquirida dentro de la Zona Franca se encuentra exenta del pago de tributos que los graven dentro de los valores de la franquicia que establezca la Autoridad de Aplicación. Para el caso de importación de vehículos automotores bajo este régimen, la misma podrá́ ser efectuada exclusivamente por titulares del grupo familiar conviviente que acrediten debidamente residencia definitiva en la Provincia respectiva, quienes podrán adquirir un vehículo automotor dentro de este régimen cada CINCO (5) años contados a partir de la fecha de su patentamiento. La exención referida podrá quedar únicamente limitada a los valores CIF máximos por unidad vehicular establecidos por la Autoridad de Aplicación”.












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