10/02/2020

Garupá prohibe las motos de escape libre, el audio car, la música fuerte en los barrios y todo tipo de ruidos altisonantes.



En una ordenanza que va a dar de lleno contra los hábitos propios de una cultura ruidosa, el Concejo Deliberante de Garupá aprobó una Ordenanza contra todos aquellos ruidos que sean considerados molestos para el oído humano a partir del traspaso de los niveles auditivos normales, que según la Organización Mundial de la Salud se establecen en los 80 decibelios. Nada mejor para una localidad que se autodenomina "Municipio Saludable". 

ARTÍCULO 1º  DECLÁRASE a todo el ámbito del Municipio de Garupá “Libre de Contaminación acústica ambiental” que afecte tanto la salud de las personas como el ambiente, protegiendo contra ruidos y vibraciones provenientes de fuentes fijas y móviles, así como prohibir la venta de materiales que provoquen ruidos y vibraciones en el ámbito del municipio, con los alcances establecidos en la presente Ordenanza.

"...se considera a todos los ruidos acústicos y vibraciones que generen una forma de energía contaminante a la salud de las personas o del ambiente. Se entiende por contaminación acústica a la introducción de ruidos o vibraciones en el ambiente habitado o en el ambiente externo, generados por la actividad humana, en niveles que produzcan alteraciones, molestias, o que resulten perjudiciales para la salud de las personas y sus bienes, para los seres vivos, o produzcan deterioros de los ecosistemas naturales".

El enfoque de la norma es de carácter ambiental, implica al ámbito privado y público, por lo que determina la evaluación de las actividades humanas ruidosas como un hecho que afecta a la calidad de vida y/o salud de las personas. Así también condiciona por extensión, el uso de equipos de audio o instalaciones sin aislación sonora, que potencialmente puedan producir exceso de ruido contaminante. 



Obligará a las empresas a la evitación de ruidos o vibraciones acústicas mediante dispositivos de amortiguación de los mismos. El municipio deberá actuar en consecuencia en el control, inspección y vigilancia de las actividades reguladas en esta ordenanza.

• La elaboración de programas para la prevención, el control y la
corrección de la contaminación acústica.
• Información y concientización del público.
• Elaboración de mapas de ruido y vibraciones como primera
herramienta de diagnóstico.
• Establecimiento de un catálogo de actividades potencialmente
contaminantes por ruido y vibraciones.
• Procedimiento de revisión.
• Mecanismos de financiamiento.
• Determinación de los Estándares de Calidad Acústica (ECA) asociados a los límites de emisión e inmisión de ruidos y vibraciones, a alcanzar gradualmente en períodos verificables de dos (2) años a partir de la vigencia de la presente ordenanza.
• Definición de planes de conservación para áreas de protección.

A partir de ahora todo aquello que genere ruido por arriba de esos decibelios se sujeta al encuadre, que el Poder Ejecutivo municipal establezca como una obligación reglamentada, determinando los patrones de cumplimiento y sanciones.  Para tener una idea la voz humana en una conversación normal y animada ronda en los 60 decibeles por ejemplo. 


El ruido de las amoladoras, los martillazos de los albañiles que nunca terminan de romper, de las maquinarias de los aserraderos, de las metalúrgicas, la música fuerte de los Djs en eventos, de los bares con mesas al aire libre, las campañas estentóreas de los evangélicos, de los vecinos que crían jaurías ladrantes en los barrios, de los vecinos bulliciosos de los fines de semana regados en alcohol que quieren hacer oír su festejo a los demás, las motos con escape explosivo de las trasnoches, las fanfarronadas de los autos con audio car / tunning, los cohetes, bombas y petardos, (no pirotecnia de luces) quedan comprendidos por la ordenanza. 

Una legislación de avanzada que pondrá al Municipio en la obligación de actuar los 365 días del año y a toda hora en el contralor mediante la Patrulla Urbana o algún otro dispositivo on line previsto en favor de la denuncia de los ciudadanos. Obviamente que la policía provincial también tendrá un respaldo normativo para esas llamadas de vecinos que se quejan por los ruidos molestos de otros.

La ordenanza es de punta en materia de regulación y se adecua a las más modernas disposiciones existentes en las sociedades avanzadas. Propicia de modo inteligente un marco confluyente a varias problemáticas. 

Resta saber si la población de Garupá - acostumbrada a hacer lo que literalmente "se le viene en gana", se adaptará a la nueva circunstancia, sobre todo porque puede llegar a ser multada hasta con el equivalente a dos mil litros de nafta. 

Alcides Cruz 











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1 comentario:

  1. Propio de una cultura despierta y saludable!!!Algo bueno nos tiene que dejar esta pandemia . Al que no le gusta que vaya preparando la mudanza!

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