3/09/2024

Candelaria. Auditan movimientos bancarios de Joner. El diputado Arjol pidió que Nación intervenga en la Asamblea de la COSCAL. ¿De quién es la planta potabilizadora?



"Vestime despacio que estoy apurado". Una frase que se atribuye a Napoleón Bonaparte que bien podría servir para explicar lo que está sucediendo con la COSCAL Ltda. 


Para mediados de abril se estima la fecha de la Asamblea societaria para aprobar los balances y elegir a la nueva Comisión Directiva. La iniciativa es concluir en el mes que viene la tarea - según los profesionales actuantes - y llamar  a comicios. Esto requiere una convocatoria pública y previa de quince días. Para consultar la marcha de los acontecimientos realizamos una entrevista al Contador Javier Redka: 




A priori dicha reunión se anticipa bajo un clima de alta sensibilidad por lo que será necesario un acta acuerdo previa de las listas aspirantes a la conducción, ya que los sectores están pidiendo un comicio con urnas y voto secreto, asunto que la normativa NO prevé. La votación es "a mano alzada". Muy campechano para contener semejante conflicto. 

Más  allá del control de votantes mediante depuración del padrón, la exigencia de No ser moroso y tener por lo menos un año de asociado, es dable suponer la imprescindible concordancia en el modo de elegir aunque ello suponga una innovación electoral. 

La COSCAL está saliendo de las ruinas con un poco sensatez administrativa. Así lo hace saber el cuerpo interventor que encontró perjuicios por todos lados. Por ejemplo en la capacidad técnica de la planta, cuyo mantenimiento era negligente, ya que hoy se necesitan reparar dos motores que insumen unos doce mil dólares. Solamente la compra de fusibles conformó una factura de un millón ochocientos cincuenta mil pesos. 

 



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La política partidaria sobrevuela como un ave rapaz en Candelaria. La oposición intrínseca por dentro del oficialismo renovador juega contra el reloj de arena. La ansiedad del presente es poner una fecha de Asamblea para un nuevo tiempo de la COSCAL. El informe entregado a los veedores designados es muy escueto; habla de una auditoría testada de las instalaciones y un meticuloso inventario.

Las desavenencias de los sectores societarios es notable. Cruce de acusaciones mutuas provocaron una división de aquellos que habían enarbolado la unidad  "en defensa de la Cooperativa" hasta hace poco. Los que estaban ya NO están o directamente se fueron bajo señalamientos de traición. 

Otra especie que se rumorea es el supuesto interés de SAMSA de quedarse con la Cooperativa, razón por la cual, "los interventores están direccionando todo para que eso ocurra". ¿Habladurías?

Desde antes de la intervención del Ministerio de Acción Cooperativa, ya circulaba por Whatsapp el siguiente relato, uno de los tantos dichos, cuya validez deberán contrastarse con el proceso judicial - administrativo abierto y en curso. 


Día y noche, socios - vecinos de Candelaria hacen guardia al frente de la Cooperativa COSCAL a la espera de una fecha eleccionaria. 


Lo publicamos como un registro histórico del conflicto. Leamos:

"La Causal de la discordia con el Gerente General, CPN, Ruiz eran los desmanejos millonarios de los INGRESOS Y LOS GASTOS que hacia el PRESIDENTE DE LA COSCAL, RUDI JOSE JONER y la TESORERA DE LA COSCAL, MIRNA MARIBEL RIQUELME; ellos son los responsables de esta Situación de VACIAMIENTO ECONÓMICO Y FINANCIERO DE LA COSCAL, responsables por la ACEFALÍA LEGAL, que hoy atraviesa..."

"Hace Ya bastante, desde el 2020 NO le cierran los números. Gastan a dos manos el dinero de los socios. Nuestra COSCAL, esta igual de QUEBRADA Y ENDEUDADA como el PAÍS, por causa de los DESMANEJOS DEL DINERO DE LOS SOCIOS, EL USO PARA GASTOS PERSONALES por parte del CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, y "NO" quieren Informar a los SOCIOS, "NI" llamar a Asambleas. Ya hay tres Ejercicios ECONÓMICOS sin llamar a Asamblea, el Número 59, 60 y 61.

LA COSCAL, Tiene "ACEFALÍA LEGAL", por no cumplir la Ley de COOPERATIVAS 20.337 y NO LLAMAR A "ASAMBLEAS ORDINARIAS" para INFORMARLE a los SOCIOS los Ejercicios Economicos 59. 60 y 61 y de la SITUACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA  "DEPLORABLE" a la que le han llevado las autoridades Actuales, JONER RUDI Y MARIBEL RIQUELME  junto con la ADMINISTRATIVA, HOLMAN TAMARA. ES UNA VERGÜENZA.

SE ROBARON TODO Y HAY QUE PEDIR "AUDITORIA" DE TODOS ESOS EJERCICIOS ECONÓMICOS Y "DENUNCIARLE" en la Justicia PENAL. Esta el Ejercicio N. 59 cerrado el 30/06/2021; el Ejercicio N. 60 cerrado el 30/06/2022 y el Ejercicio N. 61 cerrado el 30/06/2023 sin presentar a los Socios y llamar  a ASAMBLEA, los mandatos de los Consejeros todos Vencidos. Solo Perla Nuñez y Liliana Pecile tienen mandatos hasta el 30/06/2025. Los otros ya vencieron los mandatos en el 2021 Emilia y Solano. Y en el 2022 vencieron los mandatos de Maribel y Joner. Había tiempo hasta el 30/10/2022 para llamar a ASAMBLEA y no quisieron llamar.

Concretamente NO CUMPLEN con la Ley de COOPERATIVAS 20.337, CAPITULO V, artículo 41, CAPITULO VI, artículo 47, artículo 48, artículo  CAPITULO VII, artículos 63, articulo 65, artículo 66, artículo 68, artículo 69, artículo 70, artículo 72.  CAPITULO VIII, artículo 76. Concretamente NO CUMPLEN con el Estatuto Social de la COSCAL, CAPITULO IV, artículo 27. CAPITULO V, artículo 32, artículo 33, artículo 36. CAPITULO VI, artículo 47, artículo 50, artículo 51, artículo 53, artículo 55, artículo 57, artículo 58, artículo 61, artículo 62, artículo 63, artículo 64, artículo 65. CAPITULO VII, artículo 66, artículo 68, artículo 69, artículo 71.

COSCAL -Cuit 33-57068466-9; Matrícula INAES 5341; Matrícula Provincial 78.

MILLONES DE PESOS por mes y por año, COSCAL "PAGA", en Materiales de Construcción, Arena, Piedra, Cemento, Ladrillo, aberturas, Artículos de Electricidad, etc... y desde el 2020 "NO TIENE" NINGUNA OBRA EN CURSO. Lo mismo en COMBUSTIBLES, TODOS pasean con el Combustible y Repuestos PAGADOS por COSCAL. Es una VERGUENZA Y UN DESASTRE LA ADMINISTRACIÓN DEL "DINERO" DE LOS SOCIOS. Eso es lo que los SOCIOS deben Saber. Por eso hay que pedir Auditoria Externa, para determinar cuales son los GASTOS NECESARIOS DE COSCAL Y CUALES SON SUPERFLUOS O INNECESARIOS y ahí se determina el Monto del Desfalco Económico del Dinero de los SOCIOS. Y HONORARIOS, a los COMPINCHES."

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El Diputado Nacional Martín Arjol explicando al titular del INAES la situación de la cooperativa candelariense



El legislador radical/ PRO Martín Arjol tomó cartas en el conflicto y en Buenos Aires se reunió con el Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, (INAES) Dr. Marcelo Oscar Collomb. Le informó de la situación y "solicitó la posibilidad de la intervención de la institución con la finalidad de garantizar un asamblea libre".

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El 29 de septiembre del año 2020 se firmó ante escribano, en Posadas, la donación o entrega a título gratuito al municipio, del predio que ocupa la actual planta de potabilización y distribución de la COSCAL. En el acto participaron el Intendente Carlos Omar Flores y los donantes Rodolfo Jorge Resek - Lidia Beatriz Lutz. 





La obra había sido gestionada por Flores ante el Ente Binacional Yacyretá desde el año 2012 y se terminó de edificar en el mandato del ex- Intendente Daniel Luna en el 2017. Por resolución ejecutiva, Luna cedió a la planta a la COSCAL Ltda. a la Provincia mediante la intimación del EPRAC (Ente Regulador de Aguas y Cloacas) ; sin embargo ese instrumento administrativo No obra como suficiente ni sustentable - según el DEM - ya que una resolución caduca con el mandato del Jefe comunal al No tener fuerza de ley como una Ordenanza. El municipio NO puede ceder patrimonio sin pasar por el Concejo Deliberante. 

Consultado el ex Intendente Daniel Luna al respecto afirmó que en 2019, en la gestión del Dr. José Guccione, "La provincia de Misiones a través del EPRAC intimó por Carta Documento a  la Municipalidad de Candelaria,  para que la obra recibida de la EBY sea entregada al EPRAC, atendiendo que es destinado al servicio de agua potable; por lo tanto la Municipalidad hizo el traspaso al EPRAC, quien a su vez entregó en comodato y para la prestación a la comunidad de Candelaria; todo ello con la documentación y legalidad que corresponde; es decir que la planta de potabilización de agua está legalmente en usufructo de la COSCAL; de ese modo se garantiza que quede en manos de la COSCAL para brindar el servicio"- expresó

En enero de 2020, el Intendente Carlos Flores buscó la restitución de la planta al erario municipal y el hecho suscitó una acción directa en el lugar; inclusive la mediación del Gobernador Herrera Ahuad. En el EPRAC estrenaba cargo por entonces, el ex diputado Daniel Distéfano. 

Según la presente gestión, el terreno y la planta potabilizadora de agua pertenecen a la Municipalidad de Candelaria y No a la entidad Cooperativa, que en definitiva es una organización societaria de carácter civil. Más allá del proceso de normalización de su Consejo Directivo, será el municipio el que proveerá de agua a la Cooperativa y ésta la repartirá a los socios, según el esquema. 

Fuentes cercanas al Departamento Ejecutivo de Candelaria, reiteraron que la COSCAL Ltda. NO despierta ningún interés de manejo por parte del Intendente Flores y que éste dejará al libre albedrío de los socios, la conformación de sus futuras autoridades.

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Quizás fondo de la cuestión radique en el Marco Regulatorio vigente para la prestación de los servicios de agua potable y cloacas de la Provincia - LEY X NRO. 19 (ANTES LEY 3391) - Boletín Oficial, 13 de Junio de 2016, cuyo alcance general regula (Art. 1) "la prestación y explotación de los servicios públicos de captación, potabilización, almacenamiento, transporte, elevación y distribución de agua potable"...

En esta ley, el Poder Ejecutivo provincial detenta el Poder para dar la concesión del servicio y deposita la Autoridad de Aplicación en el Ente Provincial Regulador de Agua y Cloacas (EPRAC).

El servicio de agua potable y cloacas es caracterizado como público en todas sus etapas. (Art. 4) y son actores reconocidos (Art. 6) de la prestación de los servicios regulados por esta Ley en el ámbito provincial los prestadores de servicio o concesionarios de agua potable (en todas sus etapas); cualquier persona jurídica a quien el Gobierno provincial otorgue la correspondiente concesión, en los términos de la presente; b) los municipios, como prestadores directos o las Cooperativas de Usuario;

En el artículo 9 dice que "el Poder Ejecutivo, a través del EPRAC, elaborará los pliegos y contratos para la concesión de los servicios regulados por esta Ley, los que deberán ser remitidos a la Cámara de Representantes para su aprobación". Y en el artículo 10 dice que "los servicios de agua potable y de cloacas serán concesionados por el gobierno provincial a las personas jurídicas, de conformidad con las prescripciones de la presente"...

"Las entidades cooperativas que actualmente prestan el servicio público de agua potable y cloacas, al igual que los prestadores de las concesiones que se otorguen en el futuro, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente". El Poder Ejecutivo" instrumentará con estos prestadores la suscripción de los respectivos contratos de concesión".

El artículo 12 dice que "El plazo de concesión será de hasta treinta (30) años a contar desde la fecha de toma de posesión de los servicios por parte del concesionario, con las pautas que se fijen en los pliegos de licitación y contratos de concesión". El artículo 16 dice que "La rescisión y/o resolución del contrato y el rescate deberán ser resueltos en el ámbito del EPRAC y aprobada por el poder ejecutivo provincial".

El artículo 19 dice que "los bienes concedidos y las inversiones en infraestructura que los acrecienten durante todo el período de concesión, pertenecen al dominio público del Estado Provincial, a excepción de los bienes que actualmente y en el futuro, pertenezcan a las cooperativas de usuarios que prestan el servicio, debiendo el concesionario entregarlos a la Provincia sin compensación alguna al final del período de concesión, para lo cual, durante dicho período, el EPRAC implementará la realización y control periódico de los inventarios a efectos de mantener actualizado su patrimonio. Esta condición así como también el mantenimiento y restitución de los mismos y las responsabilidades inherentes, deberán establecerse en los pliegos particulares..."

Dicho esto, hay dos niveles que atender: el societario COOPERATIVO por un lado y el operativo CONCESIONARIO por el otro. 


Alcides Cruz





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